Acerca de
Somos la primera Cámara Nacional autorizada por la Secretaría de Economía en más de 30 años y una de las organizaciones Industriales más dinámicas de México, gracias a la importancia del sector del aluminio para industrias como la automotriz, aeroespacial y de la construcción; entre muchas otras de gran relevancia para la economía de nuestro país y del mundo.
Objetivos
I. Representar, promover y defender los intereses generales de las actividades industriales del aluminio del país, como actividad general de la economía nacional anteponiendo el interés público sobre el privado;
II. Fomentar el desarrollo de la industria del aluminio nacional, asegurando que sus afiliados tengan acceso a programas orientados al desarrollo de la industria y su comercio.
III. Fomentar la participación gremial de los industriales y, promover las actividades de sus afiliados en la República Mexicana y en el extranjero;
IV. Participar en la defensa de los intereses particulares de sus afiliados sin más limitaciones que las señaladas en la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y prestarles los servicios que en estos Estatutos se señalan.
V. Ser órgano de consulta y de colaboración de los tres niveles de gobierno, para el diseño, divulgación y ejecución de las políticas, programas e instrumentos para el fomento de las actividades de la industria del aluminio;
VI. Ejercer el derecho de petición, haciendo las gestiones que fueran necesarias ante las autoridades Federales, las de los Estados, la del Gobierno de la Ciudad de México y las de los Municipios de la República Mexicana y solicitar de ellas, en sus respectivos casos, la expedición, modificación, derogación o revocación de leyes, reglamentos o cualesquiera disposiciones administrativas, que impulsen, afecten o puedan afectar a la industria del aluminio o las actividades relacionadas con el mismo objeto de la Cámara.
VII. Promover el desarrollo de la industria del aluminio, a través de la creación de dispositivos administrativos u organismos auxiliares de investigación, normalización, certificación y verificación;
VIII. Operar el SIEM (Sistema de Información Empresarial Mexicano) en los términos de la Ley, el Reglamento y las disposiciones administrativas que al respecto expida la Secretaría, previa autorización de la dependencia y bajo su supervisión;
IX. A petición de los afiliados o de empresas relacionadas, actuar y ejercer las funciones de árbitro, mediador o perito, en el país o el extranjero, y por conducto de las comisiones o representaciones que se designen al efecto, en los conflictos que surjan entre dos o más empresas, o respecto de actos o negocios relacionados con el sector o en las controversias de los afiliados;
X. Conforme a la Ley, colaborar con el Servicio de Administración Tributaria en la integración del Padrón de Sectores Específicos, y proporcionar a solicitud de dicho órgano la información estadística que requiera para la incorporación de contribuyentes a dicho Padrón;
XI. Colaborar con la Secretaría de Economía en la evaluación y emisión de certificados de origen de exportación, de conformidad con las disposiciones aplicables previa autorización de la dependencia;
XII. Prestar los servicios públicos concesionados o autorizados por los tres órdenes de gobierno (Municipal, Estatal o Federal), destinados a satisfacer necesidades de interés general relacionados con la industria del aluminio;
XIII. A solicitud de la Secretaría de Economía, colaborar con ésta y participar en negociaciones comerciales internacionales;
XIV. Promover, orientar e impartir capacitación sobre la realización de toda clase de trámites administrativos obligatorios ante toda clase de autoridades administrativas con las que se pueda tener injerencia por virtud de la actividad empresarial que desempeñan sus afiliados, con la finalidad de generar una cultura social de responsabilidad y observancia de la legislación que regulan sus actividades como sector productivo;
XV. Designar a las personas que deban representar a la Cámara, en los consejos, comisiones, grupos de trabajo, organismos o cuerpos colegiados, públicos o privados, en los que participen dependencias o entidades de los tres órdenes de gobierno (Municipal, Estatal o Federal), u organismos empresariales;
XVI. Organizar y/o participar en congresos nacionales e internacionales, mesas de trabajo, exposiciones, conferencias de interés para los afiliados, y demás eventos que se consideren de beneficio de la industria del aluminio, así como fungir como fuente de información relevante para todo tipo de medios de comunicación y difundir las noticias más relevantes de la industria a juicio del Consejo Directivo;
XVII. Verificar los actos civiles y administrativos necesarios para ejercer sus atribuciones y llevar a cabo las funciones que le señalan la Ley, el Reglamento y los Estatutos; y
XVIII. Llevar a cabo las demás actividades que se deriven de su naturaleza, de estos Estatutos y las que les señalen otros ordenamientos legales.